Escudo de Colombia y texto de la Unidad para las Víctimas

Llamado urgente para superar el Estado de Cosas Inconstitucional en materia de desplazamiento forzado

A 20 años de la Sentencia T-025, por la cual se declaró el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en materia de desplazamiento forzado, Patricia Tobón Yagarí, directora de la Unidad, habló sobre los retos que aún enfrenta la política pública para cumplirle a quienes salieron de su territorio por causa del conflicto armado.

En un día como hoy, pero hace 20 años, la Corte Constitucional declaró a través de la Sentencia T-025 el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en materia de desplazamiento forzado. Lo anterior, marcó un hito jurídico para la política pública, pues permitió reflexionar de manera profunda acerca de las graves violaciones que viven quienes fueron obligados a salir de sus territorios por causa del conflicto armado y abrió la puerta a cambios estructurales para la garantía de los derechos de esta población.

Para rememorar esta sentencia, la Corte Constitucional realizó este lunes 22 de enero un acto simbólico en el que exaltó las voces de las víctimas y en el que reiteró la importancia de seguir trabajando por superar su situación de vulnerabilidad. Tras el evento, se desarrolló una sesión técnica sobre retornos, reubicaciones, educación, vivienda, trabajo y generación de ingresos, en la cual participó la directora de la Unidad para las Víctimas, Patricia Tobón Yagarí, con el fin de exponer cuáles han sido los avances de la entidad de cara a avanzar en la superación de este Estado de Cosas Inconstitucional.

Al inicio de su intervención, Tobón Yagarí expresó que la declaratoria del ECI corresponde a una situación “que nos avergüenza como Estado” y que su continuidad es un llamado de atención urgente para que abordemos la garantía de derechos de las más de ocho millones de personas que están incluidas en el Registro Único de Víctimas (RUV) por desplazamiento forzado.

“Desde la Unidad para las Víctimas reconocemos este espacio como una oportunidad valiosa para realizar un ejercicio autorreflexivo que nos permita hacer ajustes, cambiar miradas y adoptar las lecciones aprendidas durante todos estos años”, manifestó.

En medio de la sesión técnica, la directora tuvo la posibilidad de exponer algunas de las reflexiones planteadas por la Corte Constitucional frente al componente de retornos y reubicaciones. Presentó la medición de los indicadores del Goce Efectivo de Derechos y habló sobre las fallas estructurales más críticas que enfrenta la política pública en esta materia, mencionando las principales medidas adoptadas por el Estado para corregirlas y las que se deben implementar para superarlas.

En primer lugar, mencionó la falta de articulación entre las entidades del SNARIV como una falla estructural. Según explicó, si bien a la Unidad le corresponde coordinar los retornos y/o reubicaciones y adelantar las acciones ante las entidades para garantizar la atención integral, “aún existen retos importantes para que, entre todos los actores, se garantice a los hogares que retornan o se reubican el acceso a programas relacionados con tierra, vivienda, educación, generación de ingresos y otros componentes para asegurar la sostenibilidad”.

“Se requieren esfuerzos adicionales para materializar lo contemplado en el Acuerdo de Paz, garantizando la articulación de los planes de retorno y reubicación con la Reforma Rural Integral, en particular los PDET, los planes de vivienda rural y aguas, las medidas de generación de ingresos, de acceso a tierras, fomento a la economía campesina y los programas de limpieza y descontaminación del territorio, así como con los procesos de restitución de tierras”, afirmó.

Para avanzar en este propósito, indicó que se ha identificado la necesidad de impulsar cambios estructurales en los programas y que, además, se le ha solicitado a las entidades flexibilizar su oferta, como también diseñar e implementar programas específicos para la población desplazada teniendo en cuenta sus contextos y particularidades. “Esto es con el fin de evitar que las víctimas compitan con el resto de la población colombiana en el acceso a la oferta institucional”, agregó.

Otras de las fallas estructurales que expuso la directora son: dificultades en la aplicación del principio de corresponsabilidad, deficiencia de los sistemas de información, ausencia de acompañamiento y otras falencias del Protocolo de Retornos y la seguridad. Sobre este último punto, Tobón Yagarí recalcó en que es necesario realizar nuevos planteamientos, los cuales no solo tengan en cuenta los elementos asociados a la presencia y acompañamiento de la fuerza pública, sino que “de verdad concentren a las comunidades como un eje transversal”.

“Es así que los conceptos de seguridad deben atender a enfoques territoriales que permitan un análisis de la realidad geográfica del país, por lo que resulta fundamental adelantar un diálogo horizontal entre la institucionalidad, las autoridades locales y las comunidades, que guíe las transformaciones necesarias que pongan en el centro el cuidado de la vida, se garantice la dignidad humana y los derechos humanos para todos sin ningún tipo de discriminación”.

Además, la funcionaria habló sobre un tema fundamental para avanzar en la superación del Estados de Cosas Inconstitucional: el presupuesto. Sobre este aspecto, resaltó que los rezagos que se identifican en este componente requiere de un mayor esfuerzo presupuestal para ser superado, pues, por ejemplo, en 2021 el 51,6% de las víctimas de desplazamiento estaban en pobreza monetaria y el 18,5% eran pobres extremos, “por lo que su acompañamiento en un escenario de retorno o reubicación requiere de una mayor inversión estatal”. 

Finalmente,  Tobón Yagarí, haciendo énfasis en las acciones que deben implementar para superar las falencias, reiteró que la Unidad para las Víctimas ha definido como una de sus apuestas estratégicas la adopción de un enfoque de soluciones duraderas, este como un camino que permita avanzar en la superación de vulnerabilidad de la población víctima del desplazamiento forzado y garantizar el goce efectivo de sus derechos.