Enfoque diferencial para las víctimas que pertenecen a las comunidades negras, Afrocolombianas, raizales y palenqueras.

La marginalidad y segregación que históricamente han afrontado las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, sumado a las afectaciones a los derechos fundamentales y colectivos, violaciones al Derecho Internacional Humanitario y derechos humanos obligan al Estado colombiano a que a través de medidas de atención asistencia, reparación y restitución de tierras:

  • Se respete y dignifique su cultura, su existencia física y se restituyan sus derechos ancestrales y culturales.
  • Se garanticen sus derechos como víctimas a. las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras como sujetos colectivos y a los integrantes de estas comunidades de forma individual, que hayan sufrido daños por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario, Derechos Humanos, que guarden relación con factores subyacentes y vinculados* al conflicto armado.

  • Trámites

    Denuncias

    ¡Que no le echen cuentos!

    Radique de manera ágil cualquier irregularidad

    Participación

    Encuesta de satisfacción

    Su opinión es muy importante para mejorar nuestros servicios a nivel nacional

    Documentación

    Normativa SUIN JURISCOL

    Es el Sistema Único de Información Normativa del Estado colombiano

    Notificaciones

    Cobro Coactivo

    Facultad Especial de la Administración que le permite cobrar por sí misma los créditos a su favor