Registro de víctimas en el exterior
¿Soy o no soy víctima?
En términos del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011 o Ley de Víctimas y Restitución de Tierras se consideran víctimas las personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1° de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado en el territorio colombiano.