Caracterización

Definir los medios, instrumentos y mecanismos por medio de los cuales se tomará la declaración para decidir sobre la inclusión o no en el Registro Único de Víctimas de las personas que declaran por los hechos victimizantes estipulados en la Ley 1448 de 2011; resolver los recursos de la vía administrativa y atender a las solicitudes de ingreso por vía judicial, mediante el establecimiento de criterios para el análisis de las solicitudes de inscripción; generar insumos para el análisis de información y la gestión del conocimiento así como administrar la información en el RUV y; decidir sobre el procedimiento administrativo de revocatoria de la inscripción en el registro a través, de herramientas tecnológicas y el análisis de elementos probatorios que permitan establecer un ingreso irregular o fraudulento al RUV, con el fin de garantizar el uso adecuado de los recursos públicos, la confiabilidad en la información del RUV y que las víctimas tengan acceso a las medidas de asistencia, atención y reparación establecidas, a partir de la vigencia de la Ley 1448 de 2011 y Decretos Ley Étnicos y lo promulgado por la Ley 2078 de 2021

Trámites

Denuncias

¡Que no le echen cuentos!

Radique de manera ágil cualquier irregularidad

Participación

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Documentación

Buzón judicial

Buzón judicial para notificación de actuaciones en procesos judiciales en los que la Unidad para las Atención y Reparación Integral a las Víctimas es parte (CPACA, art. 197).
Notificaciones

Edictos y/o aviso público

Buzón judicial para notificación de actuaciones en procesos judiciales en los que la Unidad para las Atención y Reparación Integral a las Víctimas es parte (CPACA, art. 197).