Escudo de Colombia y texto de la Unidad para las Víctimas

Preguntas Frecuentes para Víctimas en el Exterior

Registro de víctimas en el exterior

¿Soy o no soy víctima?

En términos del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011 o Ley de Víctimas y Restitución de Tierras se consideran víctimas las personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1° de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado en el territorio colombiano.

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