Colocación de recursos de asistencia humanitaria (ayuda y atención humanitaria) para cobro, de hechos diferentes al desplazamiento forzado. Ser víctima incluida en el RUV por hechos Victimizantes diferentes al desplazamiento forzado. La persona debe tener documento vigente y sin novedad reportada por las demás entidades del SNARIV al momento de procesar la solicitud. Debe existir un tutor o cuidador mayor de edad con documento vigente y sin novedad reportada por las demás entidades del SNARIV al momento de procesar la solicitud El tutor o cuidador debe presentar el documento que lo acredite como designado por entidad competente Entre la fecha del hecho y la fecha de declaración no debe haber transcurrido más de un año Para los hechos victimizantes de secuestro y vinculación de NNA no debe haber transcurrido más de un año entre la fecha de liberación y la fecha de la declaración Para los casos de desaparición forzada no debe haber transcurrido más de un año entre la fecha de aparición o declaración de muerte presunta y la fecha de la declaración Rendir declaración ante Ministerio Público para dar inicio al proceso de valoración por parte de la Unidad para las Víctimas y de esa forma acceder a las medidas que por ley tiene derecho. Una vez cuente con la respuesta de la Unidad para las Víctimas, de estar incluido en el RUV, internamente la Unidad gestiona para realizar la colocación de los recursos (si aplica). Escenario 2: Rendir declaración ante Ministerio Público para dar inicio al proceso de valoración por parte de la Unidad para las Víctimas y de esa forma acceder a las medidas que por ley tiene derecho. Una vez cuente con la respuesta de la Unidad para las Víctimas acercarse a través de los diferentes canales de atención dispuestos por la Unidad a realizar la solicitud de la ayuda humanitaria. Indique los medios o canales donde se realiza el trámite Presencial, telefónico, virtual y escrito.