Describir las actividades que deben ejecutarse para reconocer, entregar y acompañar la inversión adecuada de los recursos de la indemnización administrativa correspondientes a los niños, niñas y adolescentes (NNA) víctimas del conflicto armado, a su padre, madre, tutor o curador, y que además ejerza la custodia del NNA absteniéndose de constituir en favor de ellos, encargos fiduciarios, en los términos del artículo 185 de la Ley 1448 de 20111 , cuando estos se encuentren en circunstancias excepcionales de vulnerabilidad, dando así cumplimiento a lo establecido en la Resolución No. 00370 de 17 de abril de 2020