Definir los principios, bases, acuerdos, reglas y procedimientos adoptados por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para el cálculo, clasificación y reconocimiento de las provisiones en el proceso de indemnizaciones ordenadas en los fallos proferidos por las Salas de Justicia y Paz de los tribunales del país y que por mandato legal corresponde reconocer y pagar al Fondo para la Reparación a las Víctimas, administrado por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y agregado a su contabilidad, en cumplimiento del procedimiento para la organización del proceso contable para entidades que administran fondos cuentas y/o fondos especiales y/o cuentas especiales emitido por la Contaduría General de la Nación.