Esta política contable se dirige a la estimación de los hechos económicos que generan el reconocimiento de la provisión y revelación del pasivo contingente o de naturaleza remota, que son objeto o no de reconocimiento contable por parte de la Unidad de Reparación Integral a las Victimas, teniendo en cuenta lo anterior y en caso de presentarse cambios en la estimación estos podrán ser contemplados siempre y cuando esto no implique un cambio en la política contable.