Realizar las correcciones, ajustes, actualizaciones y modificaciones a las que haya lugar en el Registro único de Víctimas, de acuerdo con los censos depurados tanto en reconstrucciones de hechos declarados en vigencia de la normatividad Ley 387 de 1997, y que en su momento fueron registrados en el Registro Único de Población Desplazada –RUPD-hoy Registro Único de Víctimas –RUV- y las solicitudes presentadas en vigencia de la Ley 1448 de 2011.

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Documentación

Buzón judicial

Buzón judicial para notificación de actuaciones en procesos judiciales en los que la Unidad para las Atención y Reparación Integral a las Víctimas es parte (CPACA, art. 197).
Notificaciones

Edictos y/o aviso público

Buzón judicial para notificación de actuaciones en procesos judiciales en los que la Unidad para las Atención y Reparación Integral a las Víctimas es parte (CPACA, art. 197).