En atención a la suspensión temporal del servicio de agua potable en el complejo en donde funcionan las instalaciones de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), en la ciudad de Bogotá D.C., y con el fin de garantizar la continuidad en la prestación del servicio y el cumplimiento de las funciones institucionales, desde la Secretaría General se emiten los siguientes lineamientos, contemplados en la Circular 00028 del 29 de abril de 2026.