Con el fin de atender la orden del avoco de tutela proferido por el JUZGADO DÉCIMO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE IBAGUÉ, mediante Avoco de fecha 27 de mayo de 2025, se requiere que: Para efectos de integrar en debida forma el contradictorio se dispone que la UARIV publique en su página web copia de este auto y de la tutela formulada por la accionante, con el objeto de garantizar los derechos a los terceros que eventualmente tengan interés en el presente trámite.