Con el fin de atender la orden del avoco de tutela proferido por el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, mediante Avoco de fecha 29 de abril de 2025, se requiere que: Para efectos de integrar en debida forma el contradictorio se dispone que la UARIV publique en su página web copia de este auto y de la tutela formulada por la accionante, con el objeto de garantizar los derechos a los terceros que eventualmente tengan interés en el presente trámite.