Con el fin de atender la orden del avoco de tutela proferido por el JUZGADO SEGUNDO (2º) PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA, mediante Avoco de fecha 13 de agosto de 2024, se requiere que: Para efectos de integrar en debida forma el contradictorio se dispone que, la CNSC y la UARIV, publiquen en sus páginas web copia de este auto y de la demanda formulada por la accionante, con el objeto de garantizar los derechos a los terceros que eventualmente tengan interés en el presente trámite.
Conforme a lo expuesto, la Unidad deberá publicar el avoco y la demanda de tutela elevada por la señora YANETH MARIA OROZCO QUIJANO, en la página web. Adjunto el documento (1) que contiene el avoco y la demanda de tutela que obran en el mismo documento.
Avoco y demanda de tutela Yaneth Maria Orozco Quijano