Con el fin de atender la orden del avoco de tutela proferido por el JUZGADO VEINTINUEVE ADMINSITRATIVO ORAL DE BOGOTÁ D.C., mediante Avoco de fecha 19 de noviembre de 2024, se requiere que: Para efectos de integrar en debida forma el contradictorio se dispone que, la CNSC y la UARIV, publiquen en sus páginas web copia de este auto y de la tutela formulada por la accionante, con el objeto de garantizar los derechos a los terceros que eventualmente tengan interés en el presente trámite.
Conforme a lo expuesto, la Unidad deberá publicar el avoco y la demanda de tutela elevada por la señora CAREN JULIE VARGAS GOMEZ, en la página web. Adjunto el enlace que contiene el avoco y la demanda de tutela que obran en el mismo documento.
Avoco y demanda de tutela Caren Julie Vargas Gomez