Con el fin de atender la orden del avoco de tutela proferido por el JUZGADO TREINTA Y CINCO (35) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, mediante Avoco de fecha 13 de marzo de 2025, se requiere que: Para efectos de integrar en debida forma el contradictorio se dispone que la UARIV publique en su página web copia de este auto y de la tutela formulada por la accionante, con el objeto de garantizar los derechos a los terceros que eventualmente tengan interés en el presente trámite.