Descripción: Con el fin de atender la orden del avoco de tutela proferido por el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO, mediante Avoco de fecha 3 de marzo de 2025, se requiere que: Para efectos de integrar en debida forma el contradictorio se dispone que, la CNSC y la UARIV, publiquen en sus páginas web copia de este auto y de la tutela formulada por la accionante, con el objeto de garantizar los derechos a los terceros que eventualmente tengan interés en el presente trámite.