Escudo de Colombia y texto de la Unidad para las Víctimas

La importancia de lo colectivo en la reparación a comunidades indígenas

La Unidad para las Víctimas reitera nuevamente su compromiso con la atención, la asistencia y la reparación integral de estas comunidades y hace un llamado a toda la sociedad para erradicar la discriminación que históricamente ha afectado a esta población.

La Asamblea General de las Naciones Unidas estableció el 9 de agosto como fecha para fortalecer la cooperación internacional dirigida a solucionar los problemas que enfrentan los pueblos indígenas en materia de derechos humanos, medio ambiente, desarrollo, educación y salud.

Los pueblos indígenas cuentan con una gran diversidad: más de 5.000 grupos distintos en 90 países. Están constituidos por aproximadamente 370 millones de personas, es decir, más del 5% de la población mundial y, sin embargo, se encuentran entre las poblaciones más desfavorecidas y vulneradas. En Colombia existen cerca de 100 pueblos indígenas.

Precisamente, la Corte Constitucional reconoció que el impacto del conflicto armado interno en los grupos étnicos es desproporcionado, especialmente en el caso de los pueblos indígenas. En el Auto 004 y los Autos subsiguientes, la Corte ha señalado cómo el daño se ha profundizado en estos pueblos en tanto se pierde la conexión de la comunidad con el territorio y esta es una afectación de orden “espiritual, territorial y cultural”.

Conscientes de la situación, la Unidad para las Víctimas adelanta labores encaminadas a reparar integralmente a pueblos indígenas. Según Julia Madariaga, directora de Asuntos Étnicos de la Unidad para las Víctimas, “el balance es excelente a pesar de todos los retos que implica reparar en medio del conflicto armado a comunidades que han sufrido exclusión y marginalidad durante tantos años. De esta forma, hemos logrado llegar a pueblos como el Kankuamo, Chimila o Etenaca, a parte importante del pueblo Embera y de los Nasa y del Wayuu, para adelantar procesos de reparación colectiva en distintas partes del país”.

Si bien en el plano individual, para el 1 de julio de 2015, se habían incluido 150.517 personas que se auto-reconocen como indígenas en el Registro Único de Víctimas, cabe recordar que los pueblos y comunidades indígenas tienen unas dinámicas colectivas reconocidas, sobre todo en cuanto a derechos fundamentales, particularmente el relacionado con la consulta previa, que es un derecho que se satisface en la ruta de reparación colectiva.

“Esto es muy importante, porque en el momento de la declaración ante el Ministerio Público se define si quienes van a integrar el sujeto de reparación colectiva son varias comunidades, una sola comunidad o el pueblo en su conjunto. Como el Decreto 4633 recoge al territorio como víctima, tenemos casos de inclusión en el Registro Único de Víctimas del territorio de comunidades y de pueblos”, precisa Madariaga.

“Destacaría los casos que se encuentran en estos momentos en consulta previa, como lo son el caso del proyecto Nasa del municipio de Toribío (Cauca), que recoge los tres resguardos de Toribío, Tacueyó y San Francisco; los pueblos Etenaca o Chimila, que actualmente se encuentra instalando su consulta previa en territorio tradicional `Issa Oristuna’”, señala la funcionaria de la Unidad para las Víctimas.

Además, Madariaga resalta “el proceso de los tres resguardos del Eje Cafetero del pueblo Embera donde se han realizado anteriormente procesos de retorno y, finalmente, destacaría los avances importantes con otros pueblos cuyo proceso de consulta previa está previsto para este año o para el próximo, como es el caso de la comunidad de Portete y el pueblo Kankuamo”.

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En cuanto a los decretos e instrumentos expedidos para abordar la atención, asistencia y reparación integral de los pueblos y comunidades indígenas, Madariaga asegura que “el Decreto Ley 4633, que está dirigido a comunidades indígenas, fue un Decreto consultado previamente con estas comunidades y tiene tres características fundamentales: 1) reconoce al territorio como víctima; 2) evidencia la relación de lo individual y lo colectivo en materia de atención, asistencia y reparación para estas comunidades; 3) nos permite entender la reparación como un proceso de recuperación de la armonía y el equilibrio”.

De hecho, en la norma se explicita que tales medidas “serán acordes con los valores culturales de cada pueblo y garantizarán el derecho a la identidad cultural, a la autonomía, a las instituciones propias, a sus territorios, a sus sistemas jurídicos propios, a la igualdad material y a la pervivencia física y cultural, de conformidad con la dignidad humana, el principio constitucional del pluralismo étnico y cultural y el respecto de la diferencia”.

En esa tarea de reparar a los pueblos y comunidades indígenas, la Unidad para las Víctimas trabaja de la mano con otras entidades. “Nosotros tenemos dos aliados fundamentales para avanzar en la reparación colectiva para pueblos indígenas. Uno de ellos es el Ministerio Público, dado que a través de él se toma la declaración y, por lo tanto, esa es la puerta de entrada [al registro]. En segundo lugar, el Ministerio del Interior, que es la entidad que nos acompaña en la realización del proceso de consulta previa del plan integral de reparación colectiva”, concluyó Madariaga.

La Unidad para las Víctimas reitera nuevamente su compromiso con la atención, la asistencia y la reparación integral de estas comunidades y hace un llamado a toda la sociedad para erradicar la discriminación que históricamente ha afectado a esta población.

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