La Ley 2078 del 8 de enero de 2021 prorrogó la Ley 1448 de 2011 y los Decretos Ley Étnicos 4633, 4634 y 4635 de 2011 por 10 años más. Tendrá una vigencia hasta el 9 de diciembre de 2031 para fortalecer los derechos adquiridos por las víctimas y avanzar en la reparación integral de los colombianos que hoy están en el Registro Único de Víctimas (RUV).
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La Unidad para las Víctimas ha incluido 9.134.347 víctimas en el RUV, siendo 7.368.335 las que cumplen los requisitos de ley para ser atendidas y reparadas de manera integral. En 10 años de implementación y, especialmente durante los últimos tres, la entidad ha fortalecido el RUV mediante el desarrollo de herramientas tecnológicas y de la información.
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La Unidad es el principal actor humanitario en el país. Ha logrado implementar y desarrollar el procedimiento de identificación de carencias en la Subsistencia Mínima para la entrega de Atención Humanitaria, como también focalizar los recursos en la atención de los hogares que más lo necesitan, aportando a la superación de situación de vulnerabilidad de los hogares víctimas de desplazamiento forzado
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La Ley 1448 de 2011 estableció la indemnización individual a las víctimas afectadas por las infracciones al derecho internacional humanitario y/o las violaciones graves y manifiestas a los derechos humanos ocurridas con ocasión del conflicto, quienes han sufrido daños severos en sus vidas, su integridad, su patrimonio, sus proyectos de vida personales, familiares y profesionales.
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El Fondo para la Reparación a las Víctimas administra, recibe y monetiza bienes muebles e inmuebles con el fin de destinar los recursos a la reparación en el marco de los procesos de Justicia y Paz. Así mismo, la reparación integral contempla otras medidas como: satisfacción, rehabilitación y garantías de no repetición que responden a las particularidades de la población víctima.
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El Modelo de Reparación Colectiva implementado por la Unidad es único en el mundo y fue creado con el objetivo de contribuir a la reparación de los daños colectivos ocasionados en el marco del conflicto desde una perspectiva material, política y simbólica.
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La oferta institucional tiene como propósito transformar las condiciones de vida de las víctimas. Con la Ley 1448, 2.567.838 víctimas de desplazamiento forzado han logrado superar su situación de vulnerabilidad con el goce de los derechos de salud, educación, identificación, atención psicosocial, alimentación, vivienda, generación de ingresos y reunificación familiar; representando un 35,2 % del total de esta población.
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A través de la Resolución 3320 de 22 noviembre de 2019, se adoptó el protocolo de Retornos y Reubicaciones dirigido a la población víctima de desplazamiento forzado que ha tomado la decisión de retornarse, reubicarse o integrarse localmente bajo los principios de seguridad, dignidad y voluntariedad.
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Durante la vigencia de la Ley 1448, han sido llevados a cabo cuatro (4) procesos de elección de Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas (periodos 2013-2015; 2015-2017; 2017-2019 y 2019-2021). Fueron 1.101 Mesas elegidas en el último periodo (1.047 Municipales, 32 Departamentales, 1 Distrital, 20 Locales y la Mesa Nacional). Hoy las víctimas han ganado espacios de incidencia para la materialización de sus derechos.
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La Unidad para las Víctimas facilita las relaciones estratégicas con las entidades del orden nacional, departamental y municipal, con el objetivo de garantizar la ejecución adecuada de la Política Pública de Víctimas y articular los niveles del Gobierno con el fin de lograr el fortalecimiento institucional en materia de prevención, atención, asistencia y reparación a las víctimas.
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