¿Qué son las soluciones duraderas? 

Los conflictos armados, las violaciones a los derechos humanos, los desastres y los efectos adversos del cambio climático han generado, durante los últimos años, un aumento considerable de personas desplazadas en el mundo. Según la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), a finales del 2022 se registraron 108,4 millones de personas desplazadas por la fuerza a causa de estas problemáticas, lo que significó un aumento de 19 millones de personas en comparación con lo registrado en 2021, dejando como resultado un alto nivel de pobreza y extrema vulnerabilidad.

Por esta razón, desde Naciones Unidas se ha reiterado la necesidad de que los Estados afectados implementen acciones en clave de soluciones duraderas, concepto entendido como aquellas acciones y procesos sostenidos en el tiempo para la reconstrucción de los proyectos de vida de quienes han sido víctimas de estos fenómenos.  

¿Por qué incluir
este enfoque? 

Colombia se encuentra entre los países con mayor número de desplazados internos en el mundo por causa del conflicto armado. De las 9.555.446 víctimas incluidas en el Registro Único de Víctimas (RUV), 8.515.242 son víctimas de este hecho victimizante, siendo este el que más número de personas registra. Entre ellas se encuentran:

  • Víctimas con pobreza monetaria, es decir, que no tienen ingresos mínimos para cubrir el costo de una canasta básica de bienes y servicios.
  • Víctimas con pobreza extrema, es decir, que no tienen ingresos para adquirir una canasta básica de alimentos.
  • Víctimas en situación de pobreza multidimensional, es decir, que experimentan carencias en dimensiones básicas del bienestar. 

Es importante mencionar que, por la precaria situación de garantía de derechos a las víctimas de desplazamiento forzado, desde hace casi dos décadas la Corte Constitucional declaró el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI), a través de la Sentencia T-025, en la que identificó bloqueos institucionales y prácticas inconstitucionales que obstaculizan el goce efectivo de los derechos por parte de la población víctima de este hecho. Doce años después de la expedición de la Ley 1448 de 2011, no se ha logrado superar este estado declarado por la alta corte, lo que evidencia la importancia de hacer un esfuerzo legislativo que permita implementar acciones integrales, estructurales y garantistas al marco legal de la política pública sobre desplazamiento forzado.

Estas son algunas de las razones principales por las que el proyecto de ley presentado por el Gobierno nacional para reformar la Ley 1448 de 2011 incluye un enfoque de soluciones duraderas, con el fin implementar estrategias que contribuyan a superar las barreras de acceso a la oferta social del Estado y, a su vez, garantizar la estabilización socioeconómica de las víctimas de desplazamiento forzado.  

¿Cuál es la propuesta? 

Que las víctimas del desplazamiento forzado puedan ver reconocidos sus derechos a la verdad, la justicia, la reparación integral y se integren plenamente en la sociedad a partir del disfrute de sus derechos humanos, es fundamental.

Por lo anterior, en la propuesta para reformar la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, se reconoce la necesidad de una respuesta institucional efectiva en materia de soluciones duraderas, para superar las barreras de acceso a la oferta social del Estado de estas personas y se pueda garantizar su estabilización económica y social.

En este sentido, se propone una Estrategia de Soluciones Duraderas para las víctimas de desplazamiento forzado, que incluye, principalmente, una Estrategia Integral de Intervención Territorial. La anterior tendrá varios objetivos, entre ellos:  

  • Desarrollar el enfoque de soluciones duraderas, que permita la superación de la situación de vulnerabilidad de la población víctima de desplazamiento forzado, para que puedan reconstruir sus proyectos de vida digna desde una perspectiva de sostenibilidad.

  • El diseño, ajuste e implementación de programas y medidas especiales para garantizar la estabilización socioeconómica de la población víctima de desplazamiento forzado. 

  • Establecer mecanismos de relacionamiento con el sector privado, organizaciones no gubernamentales y cooperación internacional para coordinar la contribución de estos sectores en la superación de las condiciones de vulnerabilidad de las víctimas de desplazamiento forzado. 

  • El desarrollo de un programa de formalización y mejoramiento de asentamientos humanos para la legalización urbanística, la formalización y el mejoramiento de viviendas y de asentamientos en zonas de alta concentración de la población víctima. 

  • Definir los lineamientos y mecanismos de articulación interinstitucional para desarrollar las intervenciones territoriales integrales


Unidad para las Víctimas
Oficina Asesora de Comunicaciones,

Bogotá 22 de abril de 2024