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Principios de la ley

Ahora te vamos a hablar de las ideas fundamentales que le dan forma a esta Ley, eso que llaman los “principios”. Son cinco, como los dedos de la mano.

La dignidad: que es el respeto a la integridad y la honra de las víctimas, que deben ser tratadas de manera amable, sensible y respetuosa, ya que son las protagonistas de este cuento.

La igualdad: a todas las víctimas se les reconocen los beneficios de esta Ley, sin importar si son hombres o mujeres, su orientación sexual, si son indígenas, afrocolombianos, raizales, palenqueros o gitanos, qué profesión tienen, si cuentan o no con recursos económicos, de qué región son, cuál es su origen familiar, qué lengua hablan y cuáles son sus pensamientos políticos o su religión.

La buena fe: se le cree a las víctimas y no tienen que probar que lo que dicen es verdad.

El enfoque diferencial: reconoce que hay grupos de personas con características particulares que deben ser tenidas en cuenta de manera especial. Por eso, la Ley tiene un capítulo específico dedicado a niños, niñas y adolescentes.

Y la participación de las víctimas: que tienen derecho a ser informadas y a que su voz sea escuchada en los diferentes espacios y mecanismos creados por la Ley.

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Derechos de las niñas y los niños

La Constitución Política es la norma superior que todos debemos acatar en Colombia. Dice que tus derechos como niño, niña o adolescente tienen un carácter fundamental, están primero que los de otras personas que no sean niños, ni niñas, y deben ser protegidos en todo momento y por todos (familia, sociedad y Estado), para garantizar tu desarrollo armónico e integral.

Es muy importante que conozcas tus derechos. En el Código de la Infancia y la Adolescencia se establecen 44 derechos básicos para tu desarrollo. Para que nos quede más fácil conocerlos, estos derechos se dividen en tres grandes grupos:

1) Los generales: En el primer grupo están tus derechos a la vida, una familia, la integridad (física y emocional), la libertad y la seguridad, la educación, la salud, los alimentos y la identidad, entre otros.

2) Las libertades fundamentales: En el segundo grupo están tus derechos a la libertad de conciencia y de creencias, culto, pensamiento, movimiento y elección de profesión u oficio; al igual que tu derecho al libre desarrollo de la personalidad y la autonomía personal.

3) Unos derechos especiales que se llaman “de protección”: Aquí queremos darle un espacio mayor a los derechos de protección, pues sólo los niños, niñas y adolescentes son sujetos de éstos.

Como titular de los derechos de protección debes estar resguardado de todo acto que amenace o vulnere tus derechos como el secuestro, la tortura, la desaparición forzada, el reclutamiento ilícito, las minas antipersonal, el desplazamiento, los tratos crueles y humillantes y, en general, de las guerras y los conflictos. También tienes derecho a estar protegido contra el abandono, el abuso o la explotación sexual, la vida en la calle, el contagio de graves enfermedades, el consumo de sustancias nocivas, los riesgos naturales, las situaciones de emergencia, el trabajo infantil o aquello que afecte tu patrimonio (las cosas que tienes o puedes heredar).

Probablemente conoces a alguien cercano que fue víctima de graves violaciones a sus derechos o quizás tú mismo eres una víctima. Debes saber que esto no debió pasar y que tienes además derecho a conocer la verdad de los hechos, a que haya justicia y a la reparación integral del daño que has sufrido.

Exige el respeto y la garantía de tus derechos. No olvides que eres una persona a la que la Constitución Nacional le brinda una protección especial.

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Derechos

Entonces ten presente que las víctimas tienen derecho a la verdad, la justicia y la reparación integral. Esos derechos están en el primer corbatín de la cola de la cometa. A continuación vamos a explicar cada uno de estos derechos.

  • Derecho
    a la verdad
  • Derecho a
    la justicia
  • Derecho a la
    reparación integral
Tiene que ver con que las víctimas, sus familiares y todos nosotros conozcamos por qué y cómo se cometieron las graves violaciones a los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario, que son las normas que buscan evitar y limitar el sufrimiento de las personas durante los conflictos armados y deben ser respetadas por todos los actores del conflicto. Por ejemplo, en caso de desaparición de la víctima, tenemos derecho a saber en dónde se encuentra si aún está viva, o el lugar donde están sus restos.
Obliga al Estado a investigar las violaciones a los Derechos Humanos, identificar a los responsables e imponerles un castigo o sanción. Porque sin justicia es muy difícil la reconciliación.
Está en el corazón de esta Ley y significa aliviar el daño sufrido por las víctimas; más adelante te cuento cómo se logra. Esta Ley implica un esfuerzo sostenido a lo largo de diez años. Un esfuerzo del Estado colombiano y de toda la gente de este país, incluidas víctimas, victimarios y por supuesto todos los niños, niñas y adolescentes, orientado a que, como ya te dije pero es bueno repetirlo, aprendamos a vivir en paz.
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Medidas de reparación

Finalmente establece medidas de reparación que, para que sean integrales y remedien eficazmente los daños sufridos por las víctimas, abarcan 5 aspectos que son como las piezas de un rompecabezas:

Restitución: se concentra en la restitución de tierras, para devolverle a las víctimas las que tenían, entregarles otras tierras parecidas o pagarles el valor equivalente en dinero. También hay restitución de vivienda para aquellas víctimas que la hayan perdido, a través de la entrega de subsidios de vivienda.

Rehabilitación: busca sanar el dolor que la violencia deja en la mente, el cuerpo y el alma de las personas. La rehabilitación cobija a las víctimas, sus familias y su comunidad, y dura el tiempo que sea necesario.

Indemnización: la Ley crea un programa de indemnizaciones administrativas para las víctimas, que consiste en la entrega de una suma de dinero para compensar los daños sufridos y en el acompañamiento para el buen manejo de ese dinero.

Satisfacción: busca devolver la dignidad a las víctimas y difundir la verdad sobre lo sucedido, porque a veces el olvido y la indiferencia son tan dañinos como los hechos mismos. Entonces, la Ley ordena que todos sepamos qué fue lo que sucedió para que no lo olvidemos y no se repita. El 9 de abril de cada año se celebrará el Día de la Memoria y la Solidaridad con las Víctimas. Por favor, no dejes que se nos olvide esta fecha.

Garantías de No Repetición: son todas las medidas que se deben tomar para evitar que las graves violaciones de los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario asociadas al conflicto armado interno se repitan, protegiendo de las mismas a toda la población, especialmente a niños, niñas y adolescentes. Entre estas medidas están la prevención del reclutamiento y la desvinculación de menores de edad de los grupos armados ilegales, el desminado y la formación en Derechos Humanos.

El Título VI de la Ley está dedicado a todas las personas menores de 18 años víctimas del conflicto armado que han sufrido desplazamiento, desaparición forzada o reclutamiento forzado, violencia sexual, secuestro, muerte de uno o de ambos padres o lesiones por causa de minas antipersonal, municiones sin explotar o artefactos explosivos improvisados, entre otras graves violaciones de sus derechos. A ellas también se les reconoce su derecho a la verdad, la justicia y la reparación integral.

Cualquier persona o entidad que tenga conocimiento de niños, niñas o adolescentes huérfanos de padre, madre o de ambos como consecuencia del conflicto armado interno, debe informar al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para que a través de un Defensor de Familia se inicien los procesos judiciales y administrativos necesarios para garantizar estos derechos.

Debes saber que cuando los papás mueren, sus bienes pasan a ser de sus hijos. Si tenían una casa o una finca, son ellos quienes tienen derecho a ser los dueños. La Unidad de Restitución de Tierras es la entidad encargada de ayudar a estos niños y niñas a recuperar los bienes de su familia; al tiempo el ICBF se encarga de buscar un guardador, que es la persona adulta que cuidará estos bienes hasta que cumplan 18 años.

Esto es muy importante porque así niños, niñas y adolescentes tendrán un mejor futuro y el trabajo que sus padres hicieron en vida les servirá de apoyo aun cuando ya no estén con ellos.

Minas antipersonal: Por su parte, todos los niños, niñas y adolescentes víctimas de minas antipersonal, municiones sin explotar o artefactos explosivos improvisados, tienen derecho a recibir de manera gratuita y por el tiempo que sea necesario, tratamiento médico, prótesis y asistencia psicológica que garanticen su plena rehabilitación.

Reclutamiento forzado: Los niños, niñas y adolescentes víctimas del reclutamiento forzado, serán reparados integralmente, siempre y cuando se hayan desvinculado de los grupos armados organizados al margen de la ley, siendo aún menores de edad.

Indemnización: Finalmente, para obtener la medida de indemnización por cualquiera de estos hechos, los padres o el Defensor de Familia deben realizar la solicitud como representantes legales del niño, niña o adolescente y si es aprobada, el dinero se guardará en una cuenta especial en un banco a su nombre (eso se llama un “encargo fiduciario”). Este dinero solo lo podrá utilizar cuando sea mayor de edad; mientras tanto recibirá acompañamiento para que sepa usar ese dinero y construya un bonito proyecto de vida.

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Medidas de atención

Habla de la ayuda humanitaria que deben recibir las víctimas para que puedan satisfacer las necesidades básicas e inmediatas que surgen cuando uno abandona todo para salvar la vida: alimentación, aseo personal, trastos de cocina, atención médica y psicológica, transporte y alojamiento temporal en condiciones dignas.

Incluye también medidas de asistencia para que las víctimas puedan, aún en condiciones difíciles, ejercer sus derechos a la salud y la educación, y llevar una vida digna. Y medidas de atención, que consisten en información y orientación para facilitar el ejercicio de sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación.