El 18 de junio de 2024 marcó un hito histórico para Colombia y la región. Tras varios debates en el Congreso fue aprobada la Ley 2364 de 2024, que reconoce y protege de forma integral la labor y los derechos de las mujeres buscadoras de personas víctimas de desaparición forzada.
La Ley 2364 representa un antes y un después para las madres, hijas, hermanas, tías, esposas y abuelas que han dedicado su vida a buscar a sus familiares, dar con su paradero, exigir sus derechos como víctimas y adelantar procesos de memoria sobre lo ocurrido.
Cada 23 de octubre , se conmemora este día para reivindicar y reconocer la labor de las mujeres que ya eran lideresas o que, en medio de la búsqueda, se convirtieron en sujetos políticos, defensoras de la vida y los derechos humanos.
Amnistía Internacional (2024) señala que la búsqueda de una persona desaparecida en Colombia es ardua y compleja. En medio de esta labor, las mujeres han sufrido amenazas, secuestros, detenciones arbitrarias y, en algunos casos, han sido víctimas de violencia sexual, lo que les provoca graves afectaciones, especialmente, psicológicas.
Asimismo, las mujeres buscadoras han padecido desplazamiento y exilio, lo que supone fuertes impactos para su vida cotidiana y sus procesos organizativos. De ahí la necesidad de crear contextos protectores que les permitan ejercer su derecho a la búsqueda y sus roles de liderazgo sin miedo.
Por esta razón, la ley las define como sujetos de especial protección constitucional, reconociendo los impactos diferenciados que han vivido en los procesos de búsqueda.
Asimismo, señala que el Estado debe brindarles garantías y condiciones de seguridad a partir de la adopción de medidas que reconozcan su derecho a la búsqueda, así como a la sensibilización, visibilización, reparación, atención y protección; integrando enfoques de género, étnicos e interseccionales para mejorar sus condiciones de vida.
Con esto, se espera que el Estado vele por el bienestar de las mujeres buscadoras, para que puedan participar en las políticas de paz y se garantice su acceso a salud, educación y seguridad social.
Desde la Unidad para las Víctimas, nos unimos a este llamado y hacemos una invitación a reflexionar sobre los efectos de la desaparición forzada en la sociedad, reivindicando la lucha diaria de las mujeres buscadoras que durante años han centrado sus esfuerzos en buscar a las y los desaparecidos en el marco del conflicto armado colombiano.
En octubre de 2022, las mujeres buscadoras iniciaron un proceso ante el Congreso. Estuvieron acompañadas de colectivos, organizaciones de víctimas, entre otros actores, para presentar un proyecto de ley que reconociera la labor de cerca de medio millón de mujeres que han sufrido la desaparición forzada de sus familiares.
El portal Pax (2023) señala que, de acuerdo con los documentos que sirvieron como insumo para la iniciativa legislativa, el 95% de las personas que buscan a algún desaparecido son mujeres.
La Fundación Nidya Érika Bautista, creada a raíz de la desaparición y asesinato de Nidya, militante del M-19, quien fue además víctima de tortura y violencia sexual, ha sido una de las organizaciones que ha acompañado y asesorado a familiares de las y los desaparecidos.
En medio de la búsqueda, las mujeres han transformado su subjetividad, dando origen a una nueva identidad como buscadoras, lo que implica el surgimiento de un nuevo proyecto de vida . Esto se convierte en una extensión de las labores de cuidado no remunerado.
Las mujeres cuidan a quienes no están, defienden su buen nombre, dignifican su memoria, participan en movilizaciones y exigen justicia, sin abandonar su rol de madres, hermanas y cuidadoras de otros miembros de su familia. Esta situación las expone a extensas jornadas de trabajo y a enfrentar mayores necesidades económicas.
*Con corte a 1 de septiembre de 2024.
De acuerdo con Amnistía Internacional , las mujeres son quienes generalmente encabezan la lucha por averiguar lo ocurrido durante los minutos, días y años que transcurren desde la desaparición, exponiéndose a sufrir intimidación, persecución y violencia.
• Entre 0 y 5: 0,09% (77)
• Entre 6 y 11: 0,24% (216)
• Entre 12 y 17: 0,83% (737)
• Entre 18 y 28: 7,33% (6.501)
• Entre 29 y 60: 54,14% (48.094)
• Entre 61 y 100: 35,61% (31.603)
El 12,85% (11.407 mujeres) se autorreconocen como población étnica
• 8,07% (7.162) son afrocolombianas
• 4,54% (4.031) son indígenas
• 0,15% (132) son raizales
• 0,07% (64) son gitanas o Rrom
• 0,02% (18) son palenqueras
El 7,62% (6.760 mujeres) presenta algún tipo de discapacidad
• Por establecer: 2.539
• Física: 1.818
• Múltiple: 1.129
• Visual: 595
• Intelectual: 313
• Auditiva: 275
• Psicosocial: 91
Según el RUV, los municipios donde residen la mayoría de las mujeres víctimas indirectas de desaparición forzada son:
Medellín 6,33% (5.615)
Bogotá 4,67% (4.148)
Villavicencio 2,72% (2.413)
Cali 1,67% (1.479)
Turbo 1,41% (1.250)
Florencia 1,40% (1.244)
La Comisión de la Verdad (2020) expone que la búsqueda de las y los desaparecidos en Colombia implica costos emocionales, financieros y de seguridad para quienes la realizan, así como estigmatización, amenazas y señalamientos.
Pese a esta situación, miles de mujeres mantienen viva la esperanza del reencuentro a través de la consigna que ha sido una constante: encontrarles con vida y conocer la verdad para dar con el paradero de sus seres queridos.
Una lucha inalcanzable por la justicia y la verdad, ya que exige a todos los actores armados el respeto por los derechos humanos y las respuestas ante varias preguntas claves: qué pasó, por qué pasó, quién lo hizo, quién dio la orden y dónde están sus seres queridos. Acciones que han tenido un efecto transformador en la sociedad al abrir caminos para la construcción de paz y encontrar garantías de no repetición.
El camino que inician, muchas veces en solitario, las conduce al encuentro con otras mujeres. La organización ha sido un mecanismo para alcanzar resultados, otorgando un nuevo sentido a la búsqueda diaria, a la vez que favorece los procesos de esclarecimiento de la verdad que contribuyen a la reparación del tejido social.
La labor de las organizaciones de víctimas, que se han centrado en la búsqueda o que cuentan con familiares de personas desaparecidas, ha sido esencial para que la sociedad y el Estado reconozcan este crimen, lo repudien y avancen en acciones concretas para la búsqueda y la reparación de las y los desaparecidos y sus familias.
La desaparición forzada es un crimen que significa una ausencia larga y una espera prolongada de los seres queridos.
Gracias al trabajo inquebrantable de las familias buscadoras y las organizaciones sociales, en 2000 se tipificó el delito de desaparición forzada y en 2010 el Estado colombiano aprobó el Plan Nacional de Búsqueda por medio de la Ley 1408.
Otros logros se asocian a la creación de la ruta humanitaria y extrajudicial que les ha permitido llegar a instancias internacionales para reclamar verdad y justicia.
En el Acuerdo de Paz de 2016, como producto de la lucha de los familiares organizados de personas desaparecidas, se incluyó en el Sistema Integral para la Paz la creación de una entidad dedicada a su búsqueda: la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD).
En febrero de 2023, en respuesta al componente del Sistema Integral para la Paz, se firmó el acuerdo de interoperabilidad entre estas dos entidades, con el propósito de optimizar y facilitar los canales de asistencia, atención y reparación integral a las víctimas de desaparición forzada y a sus familias.
Estas acciones representan un avance en el cumplimiento del Acuerdo de Paz de 2016, al habilitar el Módulo para la Paz que consiste en un sistema unificado de consulta para identificar y atender a las víctimas de desaparición forzada, conforme con lo establecido en la Ley 589 de 2017.
El acuerdo incluye la creación de una ruta especial para incluir en el RUV a las personas que forman parte del universo de personas dadas por desaparecidas consolidado por la UBPD, y que cumplan con los criterios establecidos en el artículo 3 de la Ley 1448 de 2011.
*Con corte a 20 de septiembre de 2024.
*Con corte a 31 de julio de 2024.
• 7,17% (1.382) son afrocolombianas
• 6,01% (1.158) son indígenas
• 0,27% (52) son negras
• 0,10% (19) son raizales
• 0,01% (1) son gitanas o Rrom
• Física: 92
• Psicosocial: 53
• Intelectual: 36
• Sensorial: 3
• Múltiple: 2
La búsqueda no es solo asunto de familiares, sino un ejercicio colectivo de identificación de sus paraderos, esclarecimiento de la verdad y memoria. En el marco del conflicto armado, la desaparición forzada ha sido empleada para generar terror y desarticular procesos organizativos.
Algunas organizaciones que realizan búsqueda colectiva son:
Es el proceso organizativo más antiguo de búsqueda de personas desaparecidas forzosamente. Inició su trabajo a comienzos de la década de los ochenta e incidió para que se reconociera la práctica sistemática de la desaparición forzada como un delito en la Ley 589 de 2000.
Compuesto por 180 mujeres, víctimas, en su mayoría, de desaparición forzada de familiares en la Comuna 13 de Medellín. Han logrado que entre 2013 y 2023 se realizaran excavaciones en sectores de La Escombrera, además que se impusieran medidas cautelares para evitar la intervención del sector, a través de acciones de la Jurisdicción Especial para la Paz.
Otros SRC en los que hay mujeres
buscadoras son: