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Escudo de Colombia y texto de la Unidad para las Víctimas

Plan de Desarrollo aprobado en primer debate, incluye normas que fortalece atención de víctimas

Todos los afectados por el conflicto armado serán asistidos con base en el Sisben y los recursos líquidos derivados de los bienes que no hayan entregado las Farc-EP.

Las víctimas del conflicto armado fueron incluidas en el Plan Nacional de Desarrollo que aprobaron las comisiones económicas conjuntas del Congreso, mediante artículos que disponen su asistencia y ayuda, con base en su inscripción y categoría del Sisben y en los recursos líquidos que dejen los bienes que no hayan sido entregados por las extintas Farc a instancias del acuerdo de paz.

Según Ramón Rodríguez, director de la Unidad para las Víctimas, con estas dos normas en el texto del PND se garantiza la reparación de las víctimas y las sigue incluyendo cómo un tema vital en las agendas del Gobierno y el Estado.

Según el texto que fue puesto a consideración de los senadores y representantes de las comisiones Terceras y Cuartas, las víctimas se verán beneficiadas si se aprueba lo consagrado en el artículo 126 del texto del Plan en el sentido que “el Gobierno Nacional definirá los lineamientos para la focalización de la población de víctimas del desplazamiento forzado en los programas sociales a nivel nacional y territorial, utilizando como instrumento de focalización el SISBEN”.

Es decir, que antes de otorgar cualquier beneficio, se confirmará que la o las víctimas aparezcan perfectamente inscritas en el mencionado registro, lo cual les permitirá acceso a todos los apoyos, asistencias y reparaciones a que haya lugar.

El artículo referido se complementa señalando que “las población pobre y pobre extrema tendrá acceso a programas y proyectos ejecutados por las entidades del Estado” y que “para la caracterización e identificación de necesidades en materia socioeconómica de la población víctima de desplazamiento forzado, las entidades territoriales utilizarán el SISBEN”.

Los congresistas, explican que estar en el Sisben, les garantiza a pobres, vulnerables y víctimas, estar cubiertos por programa oficiales, protegidos y atendidos por el sistema y el Estado, mediante atención prioritaria con tratamientos y ayudas básicas para todos los colombianos.

Respecto al artículo 144 se dispone un fortalecimiento del Fondo de Reparación para las víctimas de la violencia, el cual, expresa que los recursos líquidos (dinero, bonos, acciones) de las Farc-EP, provenientes de los bienes no declarados por esa organización serán dirigidos exclusivamente a la reparación de todas las víctimas en el territorio nacional.

(FIN/RAM/MPA)

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