Ejercer la efectiva representación extrajudicial y judicial de la Unidad, con el fin de dar cumplimiento a los mecanismos alternativos de conciliación contenidos en la Ley 640 de 2001 y en los Decretos 1069 de 2015, 1167 de 2016, adelantando gestiones jurídicas asertivas que permitan, disminuir el riesgo antijurídico generados en sus actividades misionales y representar extrajudicialmente los intereses de la entidad en las audiencias de conciliación prejudicial que se interpongan en su contra o que ésta deba convocar ante la Procuraduría General de la Nación, así como acudir en las audiencias de conciliación dentro procesos judiciales que se adelanten en contra de la Unidad